Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2006-R
Fecha: 05-Jun-2006
II.2.
II.2. Por memorial de 24 de enero de 2000, la actora formuló apelación de la Sentencia porque en el acuerdo no se había establecido sobre el monto de asistencia familiar para los hijos (fs. 53 y vta.); recurso que fue resuelto por el Auto de Vista 448/2000 confirmando en forma total la Sentencia apelada (fs. 12 y vta.). Contra el referido Auto de Vista, la demandante del proceso de divorcio interpuso recurso de nulidad o casación (fs. 57 a 62), el mismo que fue declarado infundado por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia mediante Auto Supremo 305, de 30 de octubre de 2001 (fs. 13 a 14).
- recurso
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1.
- III.2.
- art. 97.IV de la LTC
- III.3.
- cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el relato de los hechos y la indicación de derechos previstos en determinados artículos
- APRUEBA