Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2006-R
Fecha: 12-Jun-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente afirma que se han lesionado sus derechos de petición, al trabajo y a percibir una justa remuneración, por cuanto la autoridad recurrida, pese a que solicitó le cancele las dietas que le corresponde, no ha hecho efectiva esa petición. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- III.3.
- REVOCAR