SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2006-R

Fecha: 12-Jun-2006

a)

Los vocales co recurridos en el informe escrito que cursa de fs. 49 a 50, indican: a) por Auto de Vista 239/06, de 6 de abril de 2006, confirmaron la Resolución por la cual la Jueza a quo rechazó la solicitud de cesación de detención preventiva presentada por el recurrente y otros, en el entendido de que realizó una correcta evaluación de obrados; b) no es cierto que no hayan tomado en cuenta los elementos probatorios arrimados al cuaderno de investigación, pues se hizo una evaluación conjunta de los antecedentes, tomando en cuenta que la investigación se vio obstaculizada por el recurrente y los partícipes del hecho, quienes impidieron que la investigación se lleve de manera normal, lo que hace ver la persistencia del peligro de obstaculización, ya que el comportamiento del recurrente no fue conducente al esclarecimiento de la verdad ni de sometimiento al proceso; c) el Auto que dispone una medida cautelar es revocable o modificable aún de oficio si existen nuevos elementos de convicción que así lo ameriten, vía que tiene expedita el recurrente.