Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2006-R
Fecha: 12-Jun-2006
II.4.
II.4. En vía de complementación y enmienda, el abogado del recurrente solicitó se le aclare por qué habiendo presentado certificado de trabajo y los documentos idóneos requeridos, no se aceptó la cesación de la detención preventiva. Al respecto los vocales recurridos expresaron en la audiencia que la verificación completa de los hechos y el grado de participación de los imputados se hará en sentencia y que al existir conexitud entre todos los partícipes del hecho, no se puede dividir en este momento la situación procesal de los imputados (fs. 2).