SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2006-R

Fecha: 20-Jun-2006

II.16.

II.16. El 17 de septiembre de 2005, los recurridos por memorial dirigido al Tribunal de amparo, a tiempo de poner en conocimiento la documentación antedicha, señalaron también que los recurrentes en su calidad de socios de la Asociación, tienen el derecho de asistir al inmueble, pero no llevar a efecto reuniones, ni asambleas, al no ser dirigentes, por constituir ellos los actuales directivos que fueron elegidos democráticamente (fs. 72 a 73).