SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0625/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal que por la presunta comisión del delito de robo agravado, sigue el Ministerio Público contra el recurrente, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en fecha 6 de abril de 2006, instaló audiencia para considerar el recurso de apelación de medida cautelar interpuesta por Edwin Arancibia Cruz, habiéndose emitido el Auto de Vista de la misma fecha, que revoca la Resolución apelada de 24 de marzo dictada por el Tribunal Cuarto de Sentencia y rebaja la fianza económica de Bs10.000.- a Bs8.000.-, manteniendo la obligación de presentarse cada lunes para firmar el libro de asistencia y sometimiento al proceso, así como las demás medidas cautelares dispuestas (fs. 1 a 2).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2