SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0626/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0626/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

II.5.

II.5.  Por memorial presentado el 12 de octubre de 2005, el defendido de la recurrente, solicitó a la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal correcurrida, la extinción de la acción penal. Por decreto de 13 de octubre de 2005 (fs. 11 vta.), la Juzgadora correcurrida dispuso que en lo principal y otrosí se esté a los datos del proceso.

         Por decreto de 18 de octubre de 2005 (fs.15 vta.), la Jueza cautelar recurrida negó la reposición y dispuso se esté al proveído de 14 de octubre de 2005, que remite a las partes al estado de la causa, lo que significa que tienen la obligación de revisar antecedentes, aclarando que no es posible declarar la extinción de la acción por la existencia de una acusación, la cual fue informada a su despacho judicial el 10 de octubre de 2005.