Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0626/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
II.7.
II.7. Los vocales de la Sala Penal Primera correcurridos, en la audiencia de 9 de diciembre de 2005 confirmaron el Auto apelado, por Auto de Vista de la fecha, con el argumento de que el imputado es con probabilidad presunto corresponsable de los hechos acusados, y si bien existe certificación e informes referentes a las circunstancias de domicilio, trabajo y familia, los mismos manifiestan aspectos contradictorios, más aún si el último informe del Oficial de Diligencias de la central de notificaciones señala que el domicilio real no concuerda con el plano general de la ciudad de Cochabamba, con lo que se resta la idoneidad exigida por la SC 1625/2003-R, de 14 de noviembre (fs. 27 a 29 vta.).