Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2006-R
Fecha: 30-Jun-2006
II.1.
II.1. El 31 de marzo de 2000, la empresa de Asesoría y Gestión Naval S.A., representada por la ahora recurrente, suscribió un contrato de prestación de servicios con el Ministerio de Defensa Nacional, representado por el Director General de Intereses Marítimos, Fluviales y Lacustres, instancia que actuó por delegación expresa de la Resolución Ministerial 310, de 24 de marzo de 2000 (fs. 61 del Anexo 1); procediéndose a su protocolización mediante Instrumento 172/2001, de 11 de mayo ante la Notaría de Gobierno (fs. 42 a 50 vta. y 56 a 60 vta. del Anexo 1).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- lejos se declinar competencia a favor de la Corte Suprema de Justicia ante la emisión del Auto Supremo 060/2003 -como correspondía