AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2006-ECA

Fecha: 26-Jul-2006

II.4.  Análisis de la complementación y aclaración presentada por René Escobar Quisbert

El citado personero de COTEL Ltda. afirma que mediante memorial presentado el 3 de julio de 2006 solicitó medida cautelar (sin especificar qué tipo de medida cautelar), porque el Vocal, Ramiro Sánchez, Presidente del Tribunal de Amparo, en fechas 11 de abril, 25, 28 y 31 de mayo de 2006,  emitió varias resoluciones que afectan el manejo económico de COTEL Ltda.

Al respecto, en primer lugar es necesario reiterar lo manifestado en el Fundamento II.2 inc. iv) del presente Auto Constitucional, porque al igual que en la solicitud ahí analizada, René Escobar Quisbert denuncia actos posteriores a la Resolución del Tribunal de amparo, efectuadas por dicho Tribunal, ello implica que esta reclamando por actos emitidos en ejecución de sentencia, por lo que deben ser reclamados en esa instancia, no pudiendo complementarse la SC 0666/2006-R con referencias a dichos actos de ejecución.