Auto CONSTITUCIONAL 206/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Auto CONSTITUCIONAL 206/2006-RCA

Fecha: 14-Jul-2006

Fragmento 4

El recurrente indica que fruto del Segundo Informe Público de la Delegación Presidencial Anticorrupción, en el que no participó, no se lo notificó, ni se tomó en cuenta que solo fue un ejecutor de buena fe de los Acuerdos y Decretos Supremos suscritos por el poder ejecutivo, se dictó la RS 222842, de 24 de febrero de 2005, por la que se lo suspendió del cargo que ejercía como Liquidador del FONVIS en Liquidación, mientras se conozcan los resultados de las investigaciones que debe realizar el Ministerio de Desarrollo Económico, imponiéndole una sanción sin investigación previa, conculcando sus derechos a la defensa en juicio, al debido proceso, a la seguridad jurídica, al trabajo, a la remuneración y a la presunción de inocencia. En consecuencia, corresponde en revisión, determinar si el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente in limine el recurso, ha obrado correctamente.