AUTO CONSTITUCIONAL 219/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 219/2006-RCA

Fecha: 18-Jul-2006

improcedencia in límine

La recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra el Presidente del Tribunal de Segundo de Sentencia, por haber cambiado la fecha fijada para la celebración del juicio oral, en la audiencia realizada para la elección de jueces ciudadanos, sin que la misma estuviere prevista para ese fin, sin que además se le hubiere notificado personalmente con dicha Resolución, vulnerándose así sus derechos al debido proceso y al principio de legalidad. En consecuencia, corresponde determinar si el Tribunal de amparo al disponer la improcedencia in límine del recurso obró correctamente o no.