SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2006

Fecha: 03-Jul-2006

la descentralización consiste en la transferencia y delegación de atribuciones de carácter técnico-administrativo no privativas del Poder Ejecutivo a nivel Nacional

         Por otra parte, cabe señalar que la Ley de descentralización administrativa, de 28 de julio de 1995, ha establecido que la descentralización consiste en la transferencia y delegación de atribuciones de carácter técnico-administrativo no privativas del Poder Ejecutivo a nivel Nacional y que la estructura del Poder Ejecutivo a nivel departamental está constituida por la Prefectura, conformada por el Prefecto y el Consejo Departamental. En ese orden, de acuerdo con el art. 5 incs. g) y p) de la citada Ley, el Prefecto tiene las atribuciones de administrar, supervisar y controlar, por delegación del Gobierno Nacional, los recursos humanos y las partidas presupuestarias asignadas al funcionamiento de los servicios personales de educación, salud y asistencia social en el marco de las políticas y normas para la provisión de estos servicios; y, designar a las autoridades administrativas departamentales cuyo nombramiento no esté reservado a otras instancias, cuyo número, atribuciones y forma de designación, serán establecidas y determinadas mediante Decreto Supremo.

La citada Ley de descentralización administrativa, por una parte establece que la organización interna de la Prefectura será reglamentada mediante decreto supremo, transfiriéndose bajo la administración del Prefecto los recursos humanos, físicos y financieros, bajo términos y modalidades que serán regulados también mediante decreto supremo.

El 20 de diciembre de 1996, mediante DS 24447, Reglamentario a la Ley de participación popular, de 20 de abril de 1994, y de la Ley de descentralización administrativa, prevé como atribuciones de la Prefectura del Departamento, designar, a través de los secretarios departamentales de Desarrollo Humano, a los directores departamentales de Educación de acuerdo a los procedimientos del Servicio Civil, según Reglamento aprobado por la Secretaría Nacional de Educación.