SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2006-R

Fecha: 12-Jul-2006

II.4.

II.4.  Consta el acta circunstancial levantada por el Notario, David Vilte Chuca, que da cuenta que el 4 de octubre de 2005, la correcurrida, Altagracia Villarroel Vda. de Pardo manifestó que tuvo que echarle a la “china” porque le debía tres meses de alquiler, exponiendo también que fue testigo de que la empleada del negocio de la señora “Li Al Ping” (sic) fue echada y que se pusieron candados al local (fs. 20); consta también otra acta elaborada por el mismo Notario, en la que se afirma que la arrendataria del local desocupado era la mencionada señora “Li al Ping” (sic) (fs. 26).