Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2006-R
Fecha: 12-Jul-2006
II.5.
II.5. El 23 de febrero de 2001, el ejecutado solicitó pronunciamiento sobre la suspensión del remate solicitada, reclamando al mismo tiempo que no se le hubiere notificado con el “cúmplase” (fs. 26), reiterando el 1 marzo de 2001 la nulidad del remate por no haberse considerado su solicitud y haberse efectuado el mismo.