SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2006-R

Fecha: 17-Jul-2006

procedente

Concluida la audiencia, el Juez de hábeas corpus declaró procedente el recurso, disponiendo que la autoridad recurrida, en estricta aplicación del art. 11.I de la LAPACOP expida en el día el respectivo mandamiento de libertad en favor de Javier Olivera, con todas las formalidades de Ley, con el siguiente fundamento: el representado de la recurrente fue recluido el 19 de noviembre de 2005 en el penal de San Sebastián en virtud de un mandamiento de apremio emitido a raíz del incumplimiento de pago de asistencia familiar, por lo que el 18 de mayo de 2006 se cumplieron los seis meses previstos por el art. 11.I de la LAPACOP, en virtud de lo cual efectuada la solicitud de mandamiento de libertad por el detenido, la misma debió ser resuelta de inmediato o en su caso dentro de las veinticuatro horas por tratarse de la libertad de una persona y no así señalar audiencia vencido el plazo fatal previsto por ley, por lo que la detención del representado de la recurrente se encuentra fuera de los límites establecidos por ley, toda vez que el Juez recurrido omitió dar cumplimiento a la citada norma legal sin que sea válido el argumento de la carga procesal y que ya se señaló audiencia para el 24 de mayo de 2006 a efectos de considerar la solicitud del representado de la recurrente, pues la libertad de las personas es un valor supremo que tiene preferente atención, de lo que se infiere que existió lesión al derecho a la libertad y al derecho a la locomoción del representado de la recurrente.