SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2006-R

Fecha: 20-Jul-2006

c)

c)  Posteriormente, a denuncia de los demandantes de que el demandado hubiera ingresado otra vez a la propiedad Araucania, pidió nuevo desapoderamiento, en cuyo mérito ordenó el 20 de septiembre de 2005 al Oficial de Diligencias que previa constatación de desobedecimiento y resistencia al desapoderamiento, se cumpla el mandamiento librado en su oportunidad porque no se puede librar uno nuevo. Así, dicho funcionario, constatado el desobedecimiento conforme el informe que cursa en el expediente principal, dio cumplimiento y elaboró un acta de lo ocurrido el 21 de septiembre, entregándole la copia respectiva a Santiago Arana Guareco, quien nuevamente firmó dicha acta.