Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2006-R
Fecha: 20-Jul-2006
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
El abogado de los terceros interesados Bella Arias Roca y Hernán Carvalho Arteaga, demandantes en el interdicto que origina este recurso, se ratificó en el informe de la autoridad recurrida explicando que en el acta de desapoderamiento se notificó al representado del actor, quien como encargado de Durbal Nogales, en ningún momento dijo que era depositario judicial. Asimismo, adjuntó fotocopias legalizadas de los actuados más importantes del interdicto y de los dos decretos emanados del Juez Tercero de Partido en lo Civil, en los que hace mención específica al art. 159 inc. 2) del Código civil (CC), en lo referente a que el embargo no conlleva la situación de desapoderamiento.