SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0716/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 17 de junio de 2006 (fs. 134 a 139 vta.), la recurrente aduce que encontrándose en trámite la acción legal de separación de esposos interpuesta contra su representado -en el que se hizo conocer al Juez el domicilio de aquél- Leoniza Espinoza Montaño inició el 20 de octubre de 2004 una acción de asistencia familiar también contra su representado, y no obstante que conocía su domicilio, prestó juramento afirmando desconocer el mismo y consiguió de mala fe que se lo cite mediante edictos, manteniendo oculto el proceso de asistencia familiar para acumular dinero, pues no pidió retención de haberes en la empresa en la que trabajaba su representado como lo hizo en su primera demanda.
Expresa que el 24 de enero de 2006, Leoniza Espinoza Montaño en su demanda de asistencia familiar solicitó mandamiento de apremio, logrando que la Jueza recurrida expida el mismo con facultad de allanamiento y habilitación de días y horas extraordinarias, por lo que enterado su representado de la existencia de tal demanda y en total indefensión con un indebido procesamiento, solicitó el 27 de marzo de 2006 a dicha Jueza, nulidad de obrados por fraude procesal, nulidad que fue rechazada por la Jueza mediante Auto de 26 de abril de 2006, lo que dio lugar a que su representado interponga el correspondiente recurso de apelación ante el superior en grado.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1. .
- II.2. .
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- lo que correspondía, era solicitar a la demandante del proceso de asistencia familiar, señale nuevamente el domicilio real del obligado, y en caso de ignorarse el mismo, previo juramento de desconocimiento, proceda a la notificación por edictos, conforme al art. 124 y siguientes del CPC
- III.2.
- Fragmento 11
- III.3.
- APROBAR