Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 267/2006-RCA
Fecha: 28-Ago-2006
fijar con precisión
Empero, en cuanto al requisito de fijar con precisión el amparo o tutela que se solicita, no ha sido cumplido, toda vez que su petitorio no guarda relación con los hechos denunciados y los presuntos derechos vulnerados, por ser genérico, ambiguo y contradictorio, incumpliendo el requisito no solo de claridad sino especificidad y coherencia, al solicitar de manera textual que el recurso de amparo constitucional sea declarado procedente, y se “anule obrados hasta fs. 131 inclusive, y se disponga tramitar el recurso planteado a fs. 222...”, añadiendo que todo lo actuado después de fs. 131 es nulo…”.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- I.-
- Fragmento 7
- los mismos están orientados a evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos necesarios para decidir sobre la pretensión jurídica deducida.
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC
- Los requisitos de admisibilidad de contenido
- fijar con precisión
- fs. 222
- APROBAR