AUTO CONSTITUCIONAL 267/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 267/2006-RCA

Fecha: 28-Ago-2006

Los requisitos de admisibilidad de contenido

         Los requisitos de admisibilidad de contenido previstos por el art. 97.III, IV y VI de la LTC, referidos a la precisión de los hechos denunciados de ilegales, los derechos presuntamente vulnerados y el petitorio o tutela solicitada, respectivamente, que son de carácter insubsanable; no han sido cumplidos por la recurrente en toda su integridad.

         Habiendo cumplido únicamente, en lo referente a la precisión y claridad de los hechos denunciados de ilegales que en este caso, según indica, es el hecho de habérsele negado indebidamente el recurso de apelación, y como derecho vulnerado indica el derecho a la defensa, citando al efecto normas no solo de la Constitución Política del Estado, sino instrumentos internacionales de Derechos Humanos.