SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2006-R

Fecha: 09-Ago-2006

I.2.3. Intervención del tercer interesado

El representante de TOYOSA S.A. manifestó que: a) esa empresa no renunció en ningún momento a ejecutar el fallo de calificación emitido dentro del proceso ejecutivo y la querella criminal fue planteada por el estado lamentable en que fue encontrado el tractor que nunca fue de propiedad de la persona contra la que el recurrente interpuso acción ejecutiva, aspecto que se le advirtió en su oportunidad haciéndole conocer que dicho bien era de propiedad de TOYOSA S.A. a lo que hizo caso omiso y no lo devolvió; b) no existe acumulación por inserción informativa policial penal y prueba de ello es la posición del recurrente de querer subsumir el resultado de una supuesta resolución ejecutoriada en la vía penal e interponerla ante una resolución ejecutoriada en la vía civil, lo cual no es legal ni válido; c) existen causales de improcedencia, conforme establece el art. 96 incs. 2) y 3) de la LTC, toda vez que hay identidad de objeto, sujeto y causa y porque el proceso ordinario aún no cuenta con una Sentencia, por lo que las pretensiones del recurrente son absolutamente fuera de lugar.