SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2006-R

Fecha: 17-Ago-2006

cuando, existiendo, no le asegure verdaderamente una tutela efectiva e inmediata frente a un daño inminente e irreparable

Se presenta en este caso una excepción a la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional que, como se ha sostenido en  diversas Sentencias Constitucionales, solamente procede cuando la persona ha agotado todos los medios legales  que tiene a su alcance para lograr la reparación del derecho que estima lesionado, cuando no exista tal medio, o, cuando, existiendo, no le asegure verdaderamente una tutela efectiva e inmediata frente a un daño inminente e irreparable, siendo esta última, justamente, la circunstancia que se produce ahora por lo que debe otorgarse la tutela inmediata a los recurrentes a efectos de reparar un acto lesivo y flagrante.  En el mismo orden se han pronunciado las SSCC 0119/2003-R, 0142/2003-R, 0216/2003-R, 0367/2003-R, 0277/2003-R, 0338/2003-R, entre muchas otras.