SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0805/2006-R
Fecha: 17-Ago-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes consideran que se lesionaron sus derechos a la seguridad jurídica, a ingresar, permanecer y transitar en el territorio nacional, al trabajo, a la defensa y a la garantía del debido proceso por cuanto las recurridas en su condición de propietarias del local que alquilaron instalando una joyería -pese a que de su parte solicitaron al Subprefecto que decline competencia al juez llamado por ley para resolver la decisión de las demandadas de concluir el contrato de alquiler- haciendo justicia por sus manos y eludiendo normas procesales pusieron candados en las puertas de acceso a dicha joyería, obstaculizando la entrega de anillos a bachilleres que debían realizar, ocasionándoles perjuicios económicos. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 'ninguna persona particular está facultada para tomar medidas de hecho, pues de así hacerlo no sólo abusa de su derecho, sino también lesiona principalmente los derechos a la dignidad, a la vida y a la salud,
- cuando, existiendo, no le asegure verdaderamente una tutela efectiva e inmediata frente a un daño inminente e irreparable
- Fragmento 11
- III.2.
- 1º