Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 271/2006-RCA
Fecha: 05-Sep-2006
revisión
En revisión la Resolución 014/2006, de 8 de marzo, cursante a fs. 24 y vta., pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Lucio Edgar Catacora Aguilar contra Jorge Gutiérrez Roque, Ramiro López Guzmán, Alberto Luna Yáñez, Bernardo Wayar y William Alave Laura, Presidente y miembros del Tribunal de Concurso de Acceso a la Carrera Fiscal de La Paz, por la vulneración de sus derechos al trabajo, a la remuneración y al seguro social, previstos en el art. 7 incs. d), j) y k) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- no formuló la reclamación por la excesiva carga procesal existente en la Fiscalía y porque además no lo consideró de importancia
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- no ha impugnado oportunamente
- no formulé la reclamación dentro de ese plazo
- no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales”
- APROBAR