SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2006-R
Fecha: 26-Sep-2006
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 16 de marzo de 2005, el recurrente solicitó al Director de Salud del Gobierno Municipal de La Paz, reconsideración al rechazo de su trámite de ampliación de licencia de funcionamiento (fs 22 y vta. ó 135 y vta.) señalando que a mediados de la gestión 2004 se presentaron en su local inspectores de la Dirección de Salud y de la Unidad Encargada de Controlar el Funcionamiento de Locales, quienes le hicieron conocer que su local no podía expender bebidas alcohólicas y que en todo caso para continuar con su actividad de forma normal debería tramitar ampliación de licencia de funcionamiento, por ello, dicho trámite fue presentado el 21 de octubre de 2004; sin embargo, al apersonarse a ventanillas a recoger su licencia con la ampliación de actividad, se encontró con un informe resultado de inspección número 862 de 24 de octubre de 2004 que rechazó la ampliación indicando que no cumplía con el inc. b) del art. 23 de la “OM 237/2001 y HAM-HCM 208/2001”, por encontrarse dicho local cerca de la Universidad Nuestra Señora de La Paz.