Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2006-R
Fecha: 26-Sep-2006
III.1.
III.1. En principio es necesario recordar, que el amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de las personas, reconocidos por la Constitución y las leyes siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal para tal efecto, tal cual prescriben los arts. 19 de la CPE y 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).