Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0950/2006-R
Fecha: 28-Sep-2006
II.2.
II.2. Desde el 17 de diciembre de 2005, el referido local comercial no se encuentra en funcionamiento conforme acredita la certificación de la Dirección de Cultura y Espectáculos Públicos de la Alcaldía Municipal de Sacaba (fs. 6), habiendo la PTJ realizado la última verificación el 19 de diciembre de 2005, constatando que el referido local comercial no cuenta con energía eléctrica ni servicios de agua potable al haber sido cortados (fs. 2 a 4).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- procedente y concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en casos de contrato de arrendamiento, si bien existen vías judiciales para que las partes que lo suscribieron hagan valer sus derechos, esta jurisdicción no puede sustraerse a la concesión de la tutela, al darse el plano de desigualdad, en que se encuentra el arrendatario frente al arrendador propietario, al vulnerarse con estas actitudes de hecho, derechos fundamentales que requieren urgente protección, como es el caso del derecho al trabajo, que resulta lesionado por el acto ilegal denunciado
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA