Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0950/2006-R
Fecha: 28-Sep-2006
II.3.
II.3. El Juez de amparo en inspección realizada al inmueble evidenció que en el inmueble se habían reconectado los servicios de energía eléctrica y agua potable; asimismo se constató que la chapa de la puerta metálica de ingreso principal al inmueble había sido recientemente cambiada; finalmente, se constató que la caja metálica de protección del medidor de energía eléctrica del inmueble alquilado, esta cerrada con un candado negro (fs. 31 y vta.; 3).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- procedente y concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en casos de contrato de arrendamiento, si bien existen vías judiciales para que las partes que lo suscribieron hagan valer sus derechos, esta jurisdicción no puede sustraerse a la concesión de la tutela, al darse el plano de desigualdad, en que se encuentra el arrendatario frente al arrendador propietario, al vulnerarse con estas actitudes de hecho, derechos fundamentales que requieren urgente protección, como es el caso del derecho al trabajo, que resulta lesionado por el acto ilegal denunciado
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA