AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2007-RCA

Fecha: 04-Ene-2007

rechazó

El Tribunal de amparo, mediante Resolución 010/2006, de 21 de febrero, cursante a fs. 107 y vta., rechazó el recurso, con el fundamento de que los hechos referidos por el “recurrente” no constituyen un argumento claro y preciso sobre las normas supuestamente infringidas relativos al derecho al trabajo, a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad lícita, sin que tampoco hubiese señalado el acto con el que estos derechos hubiesen sido omitidos o vulnerados por el Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Aduanas y que al pedir se deje sin efecto resoluciones administrativas sin identificar que derechos y garantías constitucionales fueron lesionados y por qué motivos considera que le fueron lesionados, no cumplió con los requisitos de contenido previstos por el art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).