AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2007-RCA

Fecha: 05-Ene-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la Alcaldía de Toro Toro - Potosí, su mandante nunca fue notificado personalmente debido a que se encontraba en Estados Unidos de Norteamérica, citado por edicto no se le designó defensor de oficio, apersonándose la hija de su mandante cuya intervención tenía su limite hasta antes de dictarse sentencia, aspectos por lo que no pudo recurrir de apelación contra la Sentencia coactiva dictada por la Jueza recurrida, y menos se presentó antes de dictada misma  para dar por bien hecho lo actuado a su nombre, dando lugar a su ejecutoria y los pliegos de cargo; de igual modo refiere que su mandante al enterarse del proceso coactivo, a través de su persona, interpuso nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, que fue rechazado por la Jueza ahora recurrida y confirmado parcialmente por Auto de Vista 020/2006, de 19 de abril, vulnerando los derechos de su mandante a la defensa, a la seguridad jurídica y a la garantía al  debido proceso. En consecuencia corresponde verificar si concurren o no las causales de improcedencia del recurso.