Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0020/2007-RCA
Fecha: 10-Ene-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 219/06, de 12 de octubre de 2006, cursante a fs. 37 y vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por José Martinez Miranda contra Alfredo Pérez Álvarez, Juez Primero de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia del mismo Distrito Judicial; sin alegar la vulneración de ningún derecho.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo
- aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- esta acción extraordinaria,
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Consiguientemente previo a plantear esta acción tutelar deben agotarse todas las vías legales ordinarias judiciales o administrativas franqueadas por Ley, pues de no hacerlo el recurso será declarado improcedente en mérito al principio de subsidiariedad
- Fragmento 10
- 26 de octubre de 2005
- APROBAR,