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    AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2007-RCA

    Fecha: 24-Ene-2007

    a)

    Concluyen señalando que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a enseñar bajo la vigilancia del Estado y a una remuneración justa por su trabajo, solicitando se declare procedente el recurso, ordenando que: a) Se deje sin efecto el art. 4 de la Resolución 096/2006; b) Que su remuneración les sea cancelada en planillas separadas con todos los derechos y beneficios adquiridos y consolidados devolviéndoseles lo disminuido ilegalmente.  

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • a)
    • improcedencia in límine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • II.2. En cuanto al cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de amparo constitucional
    • I.-
    • debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC
    • Fragmento 10
    • II.3.  Análisis de la Resolución venida en revisión
    • APROBAR

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