AUTO CONSTITUCIONAL 004/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 004/2007-CA

Fecha: 04-Ene-2007

II.2.4.

II.2.4.  En el presente caso, de los datos que cursan en el expediente se constata que en el proceso coactivo civil de referencia, seguido por Elena Jacobs vda. de Hirmas contra Pastora Escobar de Bonilla, José Roberto Bonilla Escobar y Lucy Berna Torrez de Bonilla, la Jueza  Segunda de Instrucción  en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó Sentencia el 14 de mayo de 2004 (fs. 6 y vta.), declarando probada la demanda y ordenando que los coactivados paguen a favor de la demandante la suma de $us. 6000.- (Seis mil dólares americanos 00/100), más intereses del 3% mensual, bajo conminatoria de procederse al remate del inmueble ofrecido en garantía hipotecaria, declarándose la ejecutoria de dicha Sentencia mediante Auto de 15 de junio de 2004 (fs. 13 vta.).