SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2007-R

Fecha: 11-Ene-2007

a)

Posteriormente con el uso del derecho a la réplica señaló lo siguiente: a) en la intervención de la parte recurrida se observa una serie de contradicciones, además que no han negado en forma enfática el contenido del recurso de amparo constitucional y se han referido a cuestiones ajenas a los servicios de agua y energía eléctrica que constituyen el objeto del recurso; y b) se ha demostrado que los recurridos fueron los autores materiales e intelectuales del corte de los turnos de agua, así como del servicio de energía eléctrica, pues la Cooperativa de Servicios Eléctricos certificó que de su parte no se procedió a ningún corte.