SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007-R
Fecha: 25-Ene-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó los términos del recurso planteado y los amplío señalando que las autoridades judiciales recurridas, no han tomado en cuenta ni valorado la declaración ampliatoria de su representado, quien señaló ser consumidor consuetudinario, y al ser aprehendido estaba con una pipa, hecho que no consta en el acta, además de haber expresado no haber vendido ni suministrado droga alguna, sino compró para su consumo..Por el contrario la Jueza demandada no ha fundamentado su Resolución, simplemente ha señalado no existir nuevos elementos para otorgar la cesación de la detención preventiva, ni indica porqué la prueba presentada es insuficiente. De la misma manera los Vocales demandados que deben revisar y fiscalizar los fundamentos utilizados por la inferior, confirmaron la Resolución apelada señalando que la prueba aportada no es idónea y suficiente para otorgar la cesación de la detención preventiva.