SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007-R

Fecha: 25-Ene-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega que las autoridades recurridas, han vulnerado el derecho a la libertad de locomoción, consagrado en el art. 7 inc. g) de la CPE, así como el deber de fundamentación de las Resoluciones emitidas (art. 124 del CPP), de su representado Rubén Darío Gutiérrez Bedregal, a quien la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal, le rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva, con los mismos fundamentos del Auto que dispuso su detención preventiva, Resolución inmotivada, que de la misma manera fue confirmada en apelación por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que como Tribunal de alzada debió revisar que la inferior no compulsó debidamente las pruebas presentadas. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.