AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente manifiesta que las autoridades recurridas han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la igualdad, al acceso a la justicia y a la garantía del debido proceso, puesto que habiendo pronunciado el Abogado Sumariante de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros Auto Inicial de Sumario el 6 de junio de 2006 contra Ovidio López Arispe y otros, iniciándose el proceso administrativo interno; no obstante, ante la renuncia de dicho Abogado se designó como nuevo sumariante a Nelson Martinic, quien de manera arbitraria e ilegal anuló el referido Auto Inicial y dictó la Resolución Final de Sumario 001/96, declarando probada la excepción de prescripción y ordenando el archivo de obrados, en consideración del Informe Legal SPVS-DL 324/2006 como el documento válido para considerarlo como la denuncia que da inicio al proceso disciplinario, impugnada dicha Resolución mediante recurso de revocatoria fue rechazado con el argumento de que no tenía derecho a intervenir en el proceso e impugnar las Resoluciones como parte denunciante y víctima, aplicando erróneamente el DS 26237 y no así el DS 27175, vulnerando su derecho previsto en los arts. 15 y 36 de dicho Decreto Supremo. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de amparo al disponer el rechazo obró correctamente.