AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente refiere que en diciembre de 2006, la empresa de la que es socio alquiló del recurrido una compresora con dos martillos pero que sólo efectuó el pago adelantado por el primer mes porque la Prefectura del Departamento no les canceló por los trabajos de excavación que realizan, por lo cual y para no causar perjuicio al recurrido ordenó su devolución; sin embargo, una vez que la volqueta que cargaba la compresora ingresó al garaje del recurrido, éste cerró la puerta con candado impidiendo la salida de dicha movilidad dejando que salga sólo el chofer, por lo que enterado de esos hechos se presentó en el domicilio del recurrido acompañado de un  funcionario del Juzgado Policial de Conciliación Ciudadana que verificó que dicho inmueble se encontraba cerrado con candado y adentro la volqueta de su propiedad aún con la compresora encima, empero el recurrido no quiso entrevistarse con él, actitudes ilegales de parte de Luis Araníbar que le perjudican enormemente ya que utiliza la referida volqueta de manera diaria para llevar agregados y otros a la construcción que realizan. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de amparo obró correctamente al disponer la improcedencia in límine del recurso.