Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
b)
b) Los Vocales recurridos consideran que se efectuó una incorrecta valoración fáctica y normativa por la Jueza al momento de dictar el Auto apelado, sin tener presente que la querella mencionada no fue puesta en conocimiento de dicha autoridad judicial, por lo que no pudo analizarla y menos valorarla.