Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes alegan la vulneración del derecho a la libertad y de la garantía del debido proceso de su representado por parte de los Vocales recurridos, por cuanto éstos en forma precipitada y con error, sin que exista elemento objetivo alguno, revocaron el Auto de cesación de detención preventiva, aduciendo la existencia de peligro de obstaculización. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 18 de la CPE.