SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
Fragmento 2
Por memorial presentado el 12 de junio de 2007 (fs. 1 y vta.), los recurrentes expresan que la Jueza Mixta de Instrucción de Arani dispuso la cesación de la detención preventiva de su representado mediante Auto de 16 de mayo de 2007 y le aplicó las medidas sustitutivas de arraigo, fianza de Bs10.000.- (diez mil bolivianos), presentación periódica y orden de restricción y comunicación, habiendo señalado audiencia de ofrecimiento de fianza para el 29 de mayo de 2007. El referido Auto fue apelado por el Fiscal asignado al caso y en la audiencia de 28 de mayo de 2007, dicha autoridad presentó una querella formulada por "Wilma" Munachi Chambi -la denunciante- en la que relataba haber sido supuestamente víctima de malos tratos, amenazas y de un secuestro por parte de su hermana. Pese a los reclamos y argumentos de su abogado defensor y la ausencia de elemento objetivo alguno que amerite la modificación del Auto apelado y que demuestre la supuesta obstaculización, los Vocales recurridos en forma precipitada y con error, revocaron el mismo, encontrándose su mandante detenido ilegal e indebidamente a la fecha, en mérito a apreciaciones netamente subjetivas, sin respaldo probatorio alguno.