SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2007-R

Fecha: 10-Dic-2007

I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

El pleno del Tribunal Constitucional, mediante acta 004/2007 de 20 de agosto, determinó la suspensión general de los plazos procesales, que fueron reanudados el 12 de septiembre, por acta extraordinaria de la misma fecha, volviéndose a suspender a partir del 17 de septiembre, por acta extraordinaria  01/2007 de 14 de septiembre.

Mediante circular 07/2007, se reanudaron los plazos a partir del 24 de septiembre, los mismos que por Acta 3/2007, fueron suspendidos a partir del 4 de octubre de 2007. Por acta extraordinaria de 3 de diciembre, el pleno de este Tribunal determinó la reanudación de los plazos procesales a partir del 4 de diciembre de 2007, siendo la nueva fecha de vencimiento el 19 de diciembre de 2007, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.