SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2007-R
Fecha: 10-Dic-2007
II.5.
II.5. El 8 de agosto de 2007, el Juez cautelar libró mandamiento de allanamiento, registro o requisa de inmueble y posterior secuestro de bienes relacionados a la investigación (fs. 38); el mismo día, se procedió al allanamiento, requisa y secuestro de bienes en el centro Comercial “San Salvador” y en el cuarto piso del inmueble ubicado en la calle Figueroa 714 (fs. 40). De acuerdo al informe del Investigador asignado al caso (fs. 41 a 42) cuando se constituyó en los lugares de allanamiento, verificaron que tanto los precintos de la tienda y depósito del cuarto piso fueron violentados y que del interior fueron sacados varios bienes. Ese mismo día, el recurrente, mediante memorial dirigido al representante del Ministerio Público afirmando haberse presentado el 7 de agosto a horas 15:30 para prestar su declaración informativa argumentando que la misma no se hizo efectiva porque tanto la autoridad como los asignados al caso se encontraban ejecutando el mandamiento de allanamiento (fs. 48 y vta.).