SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2007-R
Fecha: 10-Dic-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes alegan que las autoridades judiciales recurridas, han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso, pues dentro de la querella y acusación particular formulada en su contra por la presunta comisión de los delitos de abuso de confianza, apropiación indebida, despojo y perturbación de la posesión, objetaron la querella solicitando su desestimación, así como observaron la personería de las querellantes, considerando que los hechos denunciados no constituyen delitos y que se requiere de un antejuicio (mediante el interdicto de recobrar la posesión), siendo declarada improcedente la cuestión apelada por el Juez a quo y confirmada en apelación por los Vocales recurridos, al declarar inadmisibles los fundamentos del recurso de apelación incidental. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 19 de la CPE.