Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0872/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
El abogado de la querellante, expresó que los recurrentes están tratando de dilatar la iniciación del proceso penal, pues es cierto que lleva más de tres años, en los cuales no se ha tramitado nada porque lo único que hay son incidentes, apelaciones y otros recursos planteados por los recurrentes. Por ello, pidió declarar la improcedencia del amparo y se ordene la prosecución de la causa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- a)
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.6.
- II.8.
- III.1. Sobre la rebeldía y su efecto en la extinción de la acción penal
- Fragmento 11
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR