SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

Fragmento 15

Ahora bien, el actor pretende que los supuestos actos ilegales en que incurrieron los funcionarios policiales al aprehenderlo, sean analizados y resueltos en este recurso de hábeas corpus, cuando de acuerdo a dicho entendimiento jurisprudencial éstos deben ser objeto de pronunciamiento por la Jueza cautelar de turno, ejerciendo su facultad de contralora de garantías constitucionales en la etapa preparatoria, situación que configura una pretensión que no se encuentra dentro del ámbito de protección del presente recurso, toda vez que el recurrente previamente a acudir ante la Jueza cautelar formulando tales reclamos, acudió al recurso de hábeas corpus, sin agotar aquel medio de defensa eficaz contra actos lesivos a la libertad en dicha etapa. A más que no todos los Policías que participaron en la aprehensión del recurrente e informe de la misma, fueron recurridos en el caso de autos, y por ende carecen de legitimación pasiva, haciendo inviable el recurso respecto de esos Policías, consiguientemente corresponde declarar improcedente el presente hábeas corpus.