SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

procedente

La Resolución de 20 de junio de 2007, cursante de fs. 94 a 97 pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró procedente el recurso, con el fundamento de que todas las notificaciones efectuadas a la empresa CABLEBOL S.A. en su domicilio procesal señalado antes de la presentación del memorial de 22 de octubre de 2005 por dicha empresa -en el que cambió domicilio procesal- carecen de validez y efecto porque se efectuaron en un domicilio procesal que ya no le correspondía y no llegaron a conocimiento de esta parte, razón por la que la orden de apremio contra la representada de la recurrente resulta indebida e ilegal.