Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2007-RCA
Fecha: 09-Feb-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 10/2006, del 5 de octubre, cursante de fs. 56 a 57 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Nelson Guido Molina Avilés contra Jaime Choquevillque Vera, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal; Inés Leytón de López y Silvestre Iñiguez Meneses, Vocales de la Sala Penal Segunda de la misma Corte, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la seguridad social, a la defensa y a la garantía al debido proceso previstos por los arts. 7 incs. a) y k), 16.II y 35 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- los derechos se ejercen y las obligaciones se cumplen
- SC 685/2003-R
- Fragmento 8
- I.-
- Fragmento 10
- II.4. Análisis de la resolución enviada en revisión
- accionar del recurrente no se adecua a la causal de improcedencia por actos consentidos
- sin que de ninguna manera constituya un recurso
- I.
- 2º Disponer