SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2007-R

Fecha: 08-Feb-2007

Fragmento 13

           En el presente caso, la recurrente reclama que el Juez correcurrido rechazó la cesación de la detención preventiva solicitada por su representada, sin realizar ninguna fundamentación, basándose en las simples aseveraciones del Fiscal correcurrido, sin tomar en cuenta los documentos presentados de su parte, olvidándose exigir los elementos de convicción para justificarla y sin considerar un desistimiento expreso a favor de su mandante suscrito por la víctima, que demuestra su inocencia, no existiendo razón para adoptar medidas jurisdiccionales en su contra. Sin embargo, de la jurisprudencia glosada se establece que en contra de las resoluciones que imponen, rechazan o modifican medidas cautelares existe el recurso de apelación, que constituye el medio de defensa idóneo e inmediato para la protección del derecho a la libertad de la recurrente; recurso que fue planteado por la representada de la recurrente y que actualmente se encuentra en trámite, pendiente de resolución ante el Tribunal de alzada, luego de haberse subsanado la falta de remisión de la Resolución apelada, que dio lugar a la devolución de los antecedentes y a una severa llamada de atención al Secretario del Juzgado por parte del Tribunal de alzada, por esa omisión que fue en perjuicio de las partes. La circunstancia anotada determina la improcedencia del presente hábeas corpus, pues sólo en caso de agotarse ese medio legal y ser adverso a la representada de la actora, se abrirá en su caso, la competencia de esta acción tutelar; extremo que como se tiene explicado no concurre en la especie.